Rehabilitación de
viviendas.
Ayudas para la realización de obras de rehabilitación y reforma,
adecentamiento de fachadas y otras obras para la mejora de las viviendas en el termino
municipal de Muxika.
Requisitos:
- Que el edifico sobre el que se va a realizar la actuación tenga una antigüedad
superior a 30 años.
- Que el edificio no se encuentre en estado físico de ruina, demolido totalmente o
vaciado en su interior o vaya a vaciarse por la actuación de rehabilitación, ni que se
trate de obras de levante o ampliación.
- Dicha vivienda será la residencia habitual del titular de la rehabilitación.
Exclusiones:
- No podrán optar a estas ayudas económicas los edificios de nueva planta, los
destinados a cualquier actividad comercial e industrial y los destinados a vivienda de
segunda residencia o viviendas de temporada.
Subvención:
- Subvención del 5,5% del presupuesto protegible para todo tipo de obras realizadas en
viviendas habituales.
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